Como continuación de la información referente a la reforma fiscal, les informamos de la nueva deducción aprobada, que permite deducir de la cuota del IRPF (Impuesto sobre la Renta ) hasta 1.200 € anuales, o bien obtener el abono anticipado de este importe (mediante transferencia de 100 € mensuales).
Tienen derecho a la deducción de la cuota o al abono anticipado, las personas que estén en situación de alta en la Seguridad Social, y que cumplan uno de los siguientes requisitos:
La cuantía de la deducción tiene, como límite máximo, el importe de las cotizaciones a la Seguridad Social.
El plazo de solicitud se ha iniciado el día 7 de enero de 2015. Debe tenerse en cuenta que, para situaciones generadas en el mes de enero de 2015, las solicitudes podrán presentarse sólo hasta el día 28 de febrero de 2015.
Más de 50 años evolucionando desde los servicios de gestoría tradicionales hacia los servicios más especializados de consultoría legal y jurídica.
Abogados y profesionales colegiados especializados en el asesoramiento de empresas y particulares.
Coordinación de los servicios de gestión de empresa con los criterios jurídicos y económicos más especializados.
Esfuerzo y creatividad en garantizar su asesoramiento permanente.
Agilidad y adaptación a las necesidades de nuestros clientes.
Aviso importante |
Su navegador está obsoleto, muchas funcionalidades de la web no se verán correctamente.
|
|